Guía práctica para rellenar el Modelo 100 (Renta Web) si alquilas una vivienda: casilla por casilla, qué gastos incluir en cada una y un ejemplo numérico completo.
El Modelo 100 es el nombre oficial de la declaración del IRPF, y es donde cualquier propietario que alquile una vivienda debe declarar los ingresos que obtiene por ese alquiler. El problema no suele ser saber que hay que declararlo, sino localizar la casilla correcta dentro de un formulario con cientos de campos y entender qué va en cada una.
En este artículo repasamos, casilla por casilla, cómo rellenar el apartado de rendimientos del capital inmobiliario en Renta Web, el programa con el que se presenta el Modelo 100. Si antes quieres repasar qué gastos puedes deducir o cómo funciona la reducción sobre el rendimiento, tienes guías específicas sobre ambos temas enlazadas al final de este artículo.
Aviso importante: los números de casilla que se citan aquí corresponden al esquema habitual del apartado de capital inmobiliario en las últimas campañas y suelen mantenerse bastante estables de un ejercicio a otro, pero la Agencia Tributaria puede desplazarlos ligeramente cada año. Antes de presentar tu declaración, confirma la numeración exacta del ejercicio en curso directamente en Renta Web o en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
1. Dónde se encuentra este apartado dentro de Renta Web
El alquiler de inmuebles no tiene un apartado aislado: forma parte del bloque de «Bienes inmuebles y rentas derivadas de los inmuebles», donde declaras todas tus propiedades, estén alquiladas, vacías o sean tu vivienda habitual. Dentro de ese bloque:
- Primero identificas el inmueble: referencia catastral, porcentaje de titularidad y situación del inmueble.
- Marcas que ha estado arrendado durante el ejercicio, lo que activa el bloque de casillas de ingresos y gastos del alquiler.
- Renta Web despliega entonces las casillas 102 y siguientes, específicas para ese inmueble.
Si tienes más de una vivienda alquilada, este bloque se repite de forma independiente para cada una: los ingresos y gastos no se suman entre inmuebles, se calculan uno a uno y el resultado conjunto se totaliza al final.
2. Casilla 102: el ingreso íntegro
Es el primer dato que se pide y el más sencillo: el importe total cobrado en el año por el alquiler, sin restar todavía ningún gasto. Si el inquilino te transfiere, además de la renta, otros conceptos que tú gestionas (por ejemplo, la comunidad), esas cantidades también deben incluirse aquí como ingreso íntegro.
3. Casillas 103 y 104: gastos pendientes de años anteriores
Estas casillas solo se rellenan si en declaraciones de ejercicios anteriores tuviste gastos de financiación o de conservación que no pudiste deducir por completo, porque superaban el límite de los ingresos de aquel año. La casilla 103 recoge ese importe pendiente y la 104 la parte que finalmente aplicas en esta declaración.
4. Casillas 105 a 108: intereses y gastos de conservación
Este bloque tiene una particularidad importante:
- Casilla 105: intereses de la hipoteca y demás gastos de financiación (no la cuota completa del préstamo, solo la parte de intereses).
- Casilla 106: gastos de reparación y conservación del inmueble.
- Casilla 107: la suma de 105 y 106 que puedes aplicar este año, con un límite: no puede superar el importe de los ingresos íntegros del inmueble.
- Casilla 108: si la suma de 105 y 106 supera ese límite, el exceso no se pierde; se traslada para deducirlo en los cuatro ejercicios siguientes.
Es habitual confundir gastos de conservación con gastos de mejora: una reparación puntual (arreglar una avería, repintar) se deduce en el año; una reforma que aumenta el valor del inmueble (ampliar una habitación, renovar instalaciones completas) no entra aquí, sino que se amortiza durante varios años.
5. Casillas 109 a 117: el resto de gastos deducibles
A partir de la casilla 109, Renta Web va desglosando el resto de gastos habituales del alquiler. Esta es la tabla resumen del bloque completo, incluidas las casillas ya vistas:
| Casilla | Concepto |
| 0075 (u homóloga) | Marca que indica que el inmueble ha estado arrendado en el ejercicio |
| 102 | Ingresos íntegros del alquiler (importe total cobrado en el año) |
| 103 / 104 | Gastos pendientes de deducir de ejercicios anteriores y parte que se aplica ahora |
| 105 | Intereses y demás gastos de financiación (por ejemplo, de la hipoteca) |
| 106 | Gastos de reparación y conservación |
| 107 | Suma de 105 y 106 aplicada este ejercicio (con el límite de los ingresos íntegros) |
| 108 | Exceso de 105 y 106 que se traslada a los cuatro años siguientes |
| 109 | Gastos de comunidad de propietarios |
| 110 | Gastos de formalización del contrato |
| 111 | Gastos de defensa jurídica del inmueble o el alquiler |
| 112 | Otras cantidades devengadas por terceros por servicios personales (p. ej., administrador de fincas) |
| 113 | Servicios y suministros a cargo del propietario |
| 114 | Primas de seguros (hogar, impago de alquiler, etc.) |
| 115 | Tributos y tasas, como el IBI |
| 116 | Saldo de dudoso cobro |
| 117 | Amortización de los muebles y enseres cedidos con la vivienda |
| 149 | Rendimiento neto del alquiler |
| 150 / 151 | Reducción aplicable sobre el rendimiento neto positivo |
| 154 | Rendimiento neto reducido, que se traslada a la base imponible general |
Un matiz que se pasa por alto con frecuencia: la amortización del propio inmueble (el 3% anual sobre el mayor valor entre el catastral de la construcción y el precio de adquisición) no siempre aparece como una única casilla suelta en este bloque; en muchos ejercicios Renta Web la calcula de forma automática a partir de los datos catastrales y de adquisición que ya tiene cargados del inmueble, y el resultado se traslada al cálculo del rendimiento neto. Conviene revisar ese importe igualmente, porque si Renta Web no dispone de los datos de adquisición, puede no aplicarlo por defecto y tendrás que introducirlo tú mismo.
6. El resultado: rendimiento neto, reducción y cifra final
- Casilla 149: rendimiento neto del alquiler (ingresos menos todos los gastos deducibles anteriores).
- Casillas 150/151: si tienes derecho a la reducción por destinar el inmueble a vivienda habitual del inquilino, aquí se aplica sobre el rendimiento neto positivo.
- Casilla 154: el rendimiento neto reducido, que es la cifra que finalmente se suma a tu base imponible general junto con tu salario u otros rendimientos del trabajo.
Los porcentajes de reducción dependen de las condiciones del contrato y, en los últimos ejercicios, también de si la vivienda está en una zona de mercado tensionado. Como estos porcentajes cambian con cierta frecuencia, los detallamos en el artículo dedicado a la reducción del alquiler, enlazado al final.
7. Ejemplo práctico casilla por casilla
Retomamos el ejemplo de un propietario que alquila una vivienda por 800 €/mes (9.600 €/año) como vivienda habitual del inquilino, aplicando la reducción general del 50%:
| Casilla | Concepto | Importe |
| 102 | Ingreso íntegro (800 €/mes) | 9.600 € |
| 105 | Intereses de la hipoteca | 1.200 € |
| 109 | Comunidad | 600 € |
| 114 | Seguro de hogar | 180 € |
| 115 | IBI | 350 € |
| — | Amortización del inmueble (3% s/60.000 € valor construcción) | 1.800 € |
| 149 | Rendimiento neto | 5.470 € |
| 150 | Reducción del 50% (contrato ordinario) | 2.735 € |
| 154 | Rendimiento neto reducido a integrar | 2.735 € |
El importe final que entra en tu base imponible general es la casilla 154: en este ejemplo, 2.735 €, muy por debajo del ingreso bruto de 9.600 €, gracias a los gastos deducibles y a la reducción.
8. Errores comunes al rellenar este apartado
- Sumar los ingresos y gastos de varios inmuebles en un solo bloque, en lugar de declarar cada vivienda por separado.
- Olvidar aplicar la amortización del inmueble por no saber que Renta Web puede necesitar los datos de adquisición introducidos manualmente.
- Meter en la casilla 106 gastos que en realidad son de mejora y deberían amortizarse, no deducirse de golpe.
- No comprobar el límite conjunto de las casillas 105 y 106 frente a los ingresos íntegros, y perder de vista el exceso que se puede arrastrar en la casilla 108.
- Aplicar la reducción de las casillas 150/151 en alquileres que no dan derecho a ella, como el turístico o el de temporada.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que rellenar este bloque aunque el alquiler me haya dado pérdidas? Sí. Si los gastos superan a los ingresos, el rendimiento neto será negativo y ese resultado también debe declararse; se compensa con el resto de rendimientos de la base general.
¿Qué pasa si alquilé la vivienda solo unos meses del año? Debes prorratear tanto el ingreso como los gastos deducibles según los días de alquiler efectivo, y declarar los meses vacíos como imputación de renta inmobiliaria en el bloque correspondiente al inmueble.
¿Puedo dejar estas casillas en manos del borrador de Hacienda sin revisarlas? No es recomendable. El borrador no siempre incorpora todos los gastos deducibles, especialmente la amortización, así que conviene revisar y completar cada casilla antes de confirmar la declaración.
¿Te ha quedado alguna duda sobre tu caso concreto? En la categoría de [Fiscalidad del alquiler] tienes el resto de artículos de esta guía, incluyendo el listado completo de gastos deducibles y cómo funciona la reducción según tu situación.